Información práctica | Quién puede comprar

Quién puede comprar

  • Todos los detallistas y sus agrupaciones, cadenas y asociaciones.
  • Las instituciones o colectividades de cualquier clase.
  • Los economatos y cooperativas de consumo.
  • Los mayoristas no ubicados en el mercado, los ubicados en el mismo, en los casos autorizados, y los exportadores.
  • Los centros docentes, establecimientos sanitarios y empresas de hostelería.
  • Todas aquellas personas físicas o jurídicas a las que Mercabilbao conceda autorización.

Derechos de los compradores

  • Recibir de Mercabilbao el carnet acreditativo de usuario, siempre que cumpla los requisitos exigidos.
  • Acceder al mercado en los horarios establecidos.
  • Estacionar su vehículo en el interior del recinto de Mercabilbao en las zonas señalizadas para ello.
  • Utilizar los servicios existentes a su disposición en la Unidad Alimentaria (viales, espacios comunes, aseos, servicio de báscula de repeso), así como cafeterias, restaurante, oficinas bancarias y demás establecimientos comerciales.
  • Obtener del vendedor un documento justificativo de las compras efectuadas.
  • Formular ante las autoridades higiénico sanitarias (Inspección Veterinaria Municipal), reclamaciones relativas a falta de peso, tipificación, normalización, envasado, diferencias de calidad, clase o mal estado de las mercancías antes de que sean retiradas del mercado, siempre que se acompañen del boleto identificativo de compra y obtener un certificado acreditativo del informe de la actuación inspectora.
  • Poner en conocimiento de Mercabilbao cualquier incumplimiento de los Reglamentos Municipales de Prestación del Servicio y/o de Funcionamiento.
  • Solicitar la colaboración del servicio de Vigilancia a los efectos previstos en el párrafo anterior.
  • Estar informado de posibles modificaciones del servicio que le afecten y ser oído, a través de un representante, en el Comité de Asesoramiento Social.
  • Retirar y transportar las mercancías adquiridas hasta su establecimiento.
  • Compradores

    de frutas
  • Compradores

    de marisco
  • Compradores

    de marisco
  • Compradores

    de pescado

Obligaciones de los compradores

  • Retirar la mercancía adquirida en los plazos fijados.
  • Facilitar a la Administración del mercado cuantos datos exija, relacionados con sus operaciones mercantiles realizadas en aquel.
  • Mostrar el carnet o autorización correspondiente, a los empleados de Mercabilbao, en cuantas ocasiones sean requeridos para ello.
  • Cumplir la normativa vigente en lo relativo a entrada, estacionamiento, señalización de viales y permanencia de vehículos en el recinto.
  • Respetar el límite de velocidad a 20 km/h en todo el recinto observando el código de circulación.
  • Respetar los horarios establecidos para las distintas actividades de Mercabilbao.
  • Cumplir las normas sobre higiene y sanidad.
  • Satisfacer las tarifas fijadas por la utilización de inspección veterinaria, almacenes frigoríficos, pesaje y demás generales.
  • Respetar las prohibiciones sobre recogida de género de desecho, estancia de animales vivos en el recinto, introducción de residuos del exterior y abandono de objetos en lugares no destinados a la recogida de residuos.
  • Utilizar los contenedores habilitados en las zonas comunes para el depósito de residuos.
  • Entregar a los mayoristas los envases vacíos de compras efectuadas anteriormente o depositarlos en los lugares habilitados para ello.

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